Desde la Revuelta de Octubre de 2019 se inaugura en Chile un proceso político inédito, cuyas lecturas están lejos aún de poder leerse con claridad. Lo cierto es que desde los resultados del casi 80% del apruebo para la redacción de una nueva carta fundamental, se consolida la idea de un poder constituyente por fuera del sistema de partidos políticos tradicionales y sus extensiones en el campo gremial y sindical. El eje central de este escenario, lo constituirá la reconstrucción de la participación socio-territorial como centro de la participación electoral. Aunque con una baja importante de la concurrencia respecto a las elecciones del apruebo y el rechazo (pero de todas maneras superior a la participación de las anteriores elecciones de alcaldes) los comicios del 15 Y 16 de mayo confirman la tendencia de una nueva expectativa social y democrática que se construye sobre la base de demandas por cambios estructurales al modelo.
El proceso que se desencadenó en octubre de 2019 generó una inflexión en el escenario social y político nacional, provocando una desestabilización sin precedentes al conjunto de la clase política que, incapacitada de procesar la crisis por cauces institucionales preexistentes, debió ceder al proceso de apertura institucional ex-novo a través de la incorporación de la demanda de una Asamblea Constituyente. El 15 de noviembre del 2019, luego de casi un mes de protestas y un ejercicio inusitado de la violencia policial por parte el gobierno, con la consecuente muerte de aproximadamente 30 personas y pérdidas oculares en más de 400 jóvenes y adultos, surgió un polémico Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución del que transversalmente participó la clase política en su totalidad. Este pacto buscó canalizar el estallido social por medio de supeditar a la decisión del pueblo la aprobación o el rechazo de una nueva constitución a realizarse por la vía de una convención constituyente o bien de una convención mixta. Acontecido el plebiscito definitorio del apruebo y elegida la modalidad de Convención Constituyente en octubre de 2020, se estableció por Ley que la Convención Constituyente debía tener paridad entre hombres y mujeres (Nº 21.216) y debía reservar escaños para los pueblos indígenas (Nº 21.298), siendo estas condiciones inéditas en la escritura de una constitución a nivel mundial. Todo lo anterior nos fuerza a pensar que estamos viviendo un momento histórico de largo asentamiento en la sociedad chilena que se está desarrollando en direcciones y ritmos que anteponen las urgencias dadas por las condiciones contextuales de vida de las personas y ya no tanto por el deseo del logro individual y la conquista del éxito a cualquier precio. (sigue en pdf descargable)